Prohíben bebidas energizantes a menores: reforma a la Ley de Salud

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma a la Ley General de Salud que prohíbe la venta y suministro de bebidas energetizantes a personas menores de 18 años. Con 401 votos a favor, el dictamen fue enviado al Senado de la República para su análisis constitucional.

Protección a la salud de niñas, niños y adolescentes

El diputado Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política, destacó que esta iniciativa busca proteger la salud de los jóvenes, ante el creciente consumo de bebidas con sustancias estimulantes como cafeína, taurina, glucoronolactona y tiamina. Estas sustancias, según la reforma, serán reguladas por la Secretaría de Salud conforme a la Norma Oficial Mexicana y estándares internacionales.

Reforma legislativa con enfoque preventivo

La propuesta modifica los artículos 215, 216 y 419 de la Ley General de Salud, estableciendo que los establecimientos comerciales deberán verificar la mayoría de edad mediante identificación oficial válida. El incumplimiento será sancionado con multas de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Clasificación y regulación de bebidas estimulantes

La Secretaría de Salud tendrá la responsabilidad de definir las categorías de bebidas energetizantes, sus ingredientes, concentraciones máximas permitidas y especificaciones técnicas, en un plazo no mayor a 180 días naturales. Además, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y el Consejo de Salubridad General, se implementarán campañas informativas sobre los riesgos del consumo en menores y grupos vulnerables.